Fuera de Juego
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¿Cuánto pagaría Ángela Aguilar si la multan por “cantar mal” el Himno Nacional?

Los cibernautas han pedido a la Segob que multe a Ángela Aguilar por la forma en la que interpretó el Himno Nacional Mexicano.09 de mayo, 2021 | 01:40 p.m.
Foto: IG @angela_aguilar_
| Foto: IG @angela_aguilar_

La cantante Ángela Aguilar se encuentra en el ojo del huracán tras haber interpretado el Himno Nacional Mexicano, antes de la pelea donde salió victorioso el boxeador Saúl “Canelo” Álvarez.

Luego del suceso, los cibernautas le exigieron a la Secretaría de Gobernación (Segob) que multe a la joven de 17 años porque consideraron que ella le cambió la melodía al símbolo patrio.

Cabe recordar que en nuestro país existe una legislación llamada Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales que, en su Capítulo Quinto, denominado “De la Ejecución y Difusión del Himno Nacional”, determina lo siguiente:

“Artículo 38.- El canto, ejecución, reproducción y circulación del Himno Nacional, se apegarán a la letra y música de la versión establecida en la presente Ley. La interpretación del Himno se hará siempre de manera respetuosa y en un ámbito que permita observar la debida solemnidad".

“Artículo 39.- Queda estrictamente prohibido alterar la letra o música del Himno Nacional y ejecutarlo total o parcialmente en composiciones o arreglos”, refiere la legislación.

¿Cuánto debería pagar Ángela Aguilar en caso de ser sancionada?

La interpretación del Himno Nacional Mexicano por parte de Ángela Aguilar despertó el enojo entre los cibernautas, puesto que la adolescente lo cantó a capella y en forma más lenta de lo habitual.

Aunque hace algunos años las sanciones respecto a este símbolo patrio eran sumamente estrictas, en épocas recientes se “relajaron” e incluso hay ocasiones en las que sólo se contemplan “llamados de atención”.

En el Capítulo Séptimo de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, que habla sobre “Competencias y Sanciones”, se determina lo siguiente:

“Artículo 56.- Las contravenciones a la presente Ley que no constituyan delito conforme a lo previsto en el Código Penal para el Distrito Federal en materia de fuero común, y para toda la República en materia de fuero federal, pero que impliquen desacato o falta de respeto a los Símbolos Patrios, se castigarán, según su gravedad y la condición del infractor, con multa hasta por el equivalente a doscientas cincuenta veces el salario mínimo, o con arresto hasta por treinta y seis horas”.

En este sentido, la multa máxima que tendría que pagar la cantante Ángela Aguilar tras haber cantado el Himno Nacional Mexicano podría ser de hasta 35 mil 425 pesos mexicanos.

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Amo escribir y actualmente genero contenidos sobre medio del espectáculo nacional, internacional, tendencias en redes y, cuando se puede, chismecito político. Mi pasión y enfoque a futuro es el estudio de la Brecha Digital.