Influencers vendidos: ¿qué castigo pueden recibir los extranjeros que apoyaron al PVEM en plena veda electoral?
Este fin de semana, en plena veda electoral varios influencers y actores tomaron sus redes sociales para promocionar abiertamente al Partido Verde Ecologista de México (PVEM), y lo que más llamó la atención fue ver a famosos que ni siquiera son mexicanos, promocionar un partido político mexicano; algo que la Constitución Mexicana prohíbe en su artículo 33.
En la campaña del PVEM con influencers vimos a Danilo Carrera, quien es ecuatoriano y a Pedro Prieto, quien es español, promocionar abiertamente a un partido político mexicano, cuando ellos ni siquiera nacieron en este territorio, por lo que en este tema, la Constitución mexicana es más que clara con su artículo 33:
"Los extranjeros no podrán de ninguna manera inmiscuirse en los asuntos políticos del país".
¿Qué delito electoral cometieron?
Pese a que el artículo 33 nunca se ha aplicado a una celebridad, sino que se aplica más con contextos políticos, el organismo encargado de investigar los delitos electorales, la Fiscalía Especializada para la Atención de los Delitos Electorales (FEPADE) sí les puede abrir una investigación pues los influencers cometieron un delito electoral contemplado en las leyes mexicanas.
De hecho, es el Código Penal, en su artículo 403, el que prohíbe a cualquier persona las siguientes conductas relacionadas los delitos electorales:
"Publicar o difundir por cualquier medio, durante los ocho días previos a la elección y hasta la hora del cierre de las casillas que se encuentren en las zonas de usos horarios más occidentales del territorio nacional, los resultados de encuestas o sondeos de opinión que den a conocer las preferencias de los ciudadanos"; delito electoral que los influencers sí cometieron.
¿Qué sanciones podrían recibir por parte de la FEPADE?
De acuerdo con la misma legislación, "a quienes incurran en alguna de las conductas anteriormente descritas, el Juez Penal les podrá imponer tanto una sanción pecuniaria, como una sanción privativa de libertad y que estas penas puede comprender de diez a cien multas y de seis meses a tres años de prisión". Esta sanción aplicaría a los influencers mexicanos como extranjeros por igual.
¿Qué entendemos por delito electoral?
Un delito electoral es todo acto u omisión contrario a la ley previsto y sancionado penalmente por la misma. Los delitos electorales son aquellas acciones u omisiones que lesionan o ponen en peligro el adecuado desarrollo de la función electoral y atentan contra las características del voto que debe ser universal, libre, directo, personal, secreto e intransferible.
¿Quiénes pueden cometer un delito electoral?
Cualquier persona, funcionarios electorales, funcionarios partidistas, precandidatos, candidatos, servidores públicos, organizadores de campañas y ministros de culto religioso. Estas conductas están contenidas en la Ley General en Materia de Delitos Electorales, y contemplan sanciones para el caso de ser cometidos.
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