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Secretaría de Gobernación descarta sanción contra Ángela Aguilar; no violó la ley del Himno Nacional

10 de mayo, 2021 | 02:37 p.m.
Instagram @angela_aguilar_
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Foto de César Contreras
Escrito en Fuera de Juego el

Después de la interpretación del Himno Nacional Mexicano por parte de Ángela Aguilar en la pelea de box de Saúl “Canelo” Álvarez, la Secretaría de Gobernación (Segob) descartó aplicar alguna sanción contra la artista.

En redes sociales, algunas personas manifestaron su disgusto ante la actuación de la hija de Pepe Aguilar, quien reconoció que la joven artista cantó de una manera más lenta el Himno Nacional.

Sin embargo, en un comunicado emitido la noche de ayer domingo, la dependencia encabezada por Olga Sánchez Cordero señaló que Ángela Aguilar no violó los artículos 38 y 39 de la Ley Sobre el Escudo, la Bandera y el himno Nacionales, ya que la interpretación de la artista no alteró la letra.

La Segob agregó que aunque la entonación de la joven cantante no fue la reconocida por la mayoría de la población, que es el tono marcial, la artista lo hizo de “manera respetuosa y se realizó a capela”, lo cual pudo influir en esta variación.

La Secretaría añadió que, ya que el evento se dio en Estados Unidos, “no da lugar una sanción administrativa, sin embargo, la dependencia seguirá vigilando el respeto a nuestros símbolos patrios”. Exhortó a los connacionales, artistas y deportistas a continuar con lo estipulado en las leyes aplicables sobre la bandera, el escudo y el himno mexicano.

¿Qué dice la ley?

El Capítulo Quinto de la Ley Sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales especifica las condiciones sobre la ejecución y difusión del Himno Nacional. El artículo 38 señala que el canto, ejecución reproducción y circulación del Himno se apegará a la letra y a la música establecida en la ley.

“La interpretación del Himno se hará siempre de manera respetuosa y en un ámbito que permita observar la debida solemnidad”, agrega el artículo.

En tanto que el artículo 39 señala la prohibición de “alterar la letra o música del Himno Nacional y ejecutarlo total o parcialmente con composiciones o arreglos. Asimismo, se prohíbe cantar o ejecutar el Himno Nacional con fines de lucro”.

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