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Utilidades 2024: ¿Cómo saber si mi empresa me las tiene que pagar?

Conoce los factores que determinan si tienes derecho a recibir utilidades.

Los criterios para recibir utilidades en 2024. | Asegúrate de conocer tus derechos laborales. Fuente: Pixabay
Los criterios para recibir utilidades en 2024. | Asegúrate de conocer tus derechos laborales. Fuente: Pixabay
Redacción Fútbol
Escrito en Curiosidades el

Con la llegada del periodo de distribución de utilidades del 2024 en México, muchos trabajadores se preguntan si tienen derecho a recibir este beneficio por parte de sus empresas. pero ¿cómo saber si nuestra empresa está obligada a pagarnos este beneficio?

¿Qué son las utilidades y cómo se calculan?

  • El Gobierno de México indica que el reparto de utilidades es un derecho constitucional del trabajador, el cual le permite participar en las ganancias que una empresa o patrón obtiene por su actividad productiva o los servicios que ofrece en el mercado.
  • Para las personas morales del Régimen General, la fecha límite para entregar la participación en las utilidades a los trabajadores es sesenta días después de la fecha de vencimiento del impuesto anual, que es el 31 de marzo.
  • En el caso de las personas físicas del Régimen General de las Actividades Empresariales, este plazo se extiende hasta el 29 de junio.
  • Si trabajaste al menos 60 días durante el año, ya sea de manera continua o discontinua, tienes derecho a recibir tu parte proporcional de las utilidades.
  • Este derecho se mantiene incluso si ya no trabajas en la empresa o si tu contrato era por obra o tiempo determinado. Tienes un año, a partir de la fecha límite de entrega de las utilidades, para cobrar lo que te corresponde.
  • Según el gobierno federal, quienes no tendrán derecho al reparto de utilidades son los trabajadores domésticos y los trabajadores eventuales que hayan laborado menos de sesenta días en el periodo correspondiente.
  • Además, tampoco tendrán derecho al reparto de utilidades los directores, administradores y gerentes generales, así como los socios o accionistas de la empresa.
  • Por otro lado, los profesionistas técnicos y otros que, mediante el pago de honorarios, presten sus servicios sin existir una relación laboral subordinada tampoco serán beneficiarios del reparto de utilidades.

Recuerda que si no te pagan tus utilidades correspondientes, puedes presentar una queja en inspeccionfederal@stps.gob.mx o dirigirte a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo para obtener orientación.







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