Régimen Simplificado de Confianza: Para quienes que realicen actividades empresariales, profesionales u otorguen el uso o goce temporal de bienes y sus ingresos no excedan los 3 millones 500 mil pesos.
Sueldos y Salarios e ingresos asimilados a salarios: Para personas contratadas por un empleador que les asigna una serie de actividades durante su jornada laboral y les paga un sueldo.
Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales: Para quienes obtienen ingresos por actividades comerciales, industriales, etc.
Régimen de Incorporación Fiscal: Para personas físicas con actividades empresariales para las que no requieran título profesional (herreros, peluqueros, etc).
Enajenación de Bienes: Es para las personas físicas que obtienen ingresos derivados de la venta de alguna propiedad o algún bien como un automóvil.
Régimen de Actividades Empresariales con ingresos a través de Plataformas Tecnológicas: Bajo este régimen las plataformas tecnológicas pueden retener el ISR o IVA pagándolo directamente al SAT. Para elegir esta opción, los ingresos del contribuyente no deben exceder los 300 mil pesos.
Régimen de Arrendamiento: Para las personas físicas que rentan una casa, edificio, departamento, local, terreno o bodega.
Intereses: Para las personas que obtienen ingresos derivados de cuentas o inversiones bancarias.
Obtención de premios: En el que las personas obtienen un premio como ingreso al ser ganadoras de un concurso como rifa, sorteo, juego, apuesta o celebración de lotería.
Dividendos: Para personas físicas que son socios o accionistas que forman parte de una persona moral y obtienen ingresos derivados de las utilidades que generan.
Demás ingresos: Para personas físicas que obtienen ingresos distintos a los demás regímenes, como deudas perdonadas, ganancias cambiarias, derechos de autor percibidos por otros, ingresos provenientes de operaciones financieras derivadas, entre otros.
Ya conoces los regímenes para las personas físicas del SAT 2024.