Indigna caso de joven que fue obligada a exponer, tras la muerte de su abuelo
Uno de los procesos más dolorosos es la pérdida de un ser querido, pero, ¿qué harías si en tu escuela no te conceden tu derecho al duelo?No cabe duda que hablar de pérdidas familiares es difícil y de tan solo pensarlo se nos hace un nudo en la garganta. Tal es el caso de Minnie West quien habló por primera vez sobre la muerte de su madre. Sin embargo qué pasaría si la persona que está viviendo esa situación eres tú.
A través de la red social TikTok se viralizó un video donde se muestra a una joven devastada por la pérdida de su abuelo. Dicha situación no le importó a una de sus maestras, pues, de acuerdo con la chica, la estudiante no recibiría calificación pese a su situación de duelo.
“POV: acabas de enterrar a tu abue, pero la doctora dijo que su no exponías al día siguiente no te podía calificar”, describió la usuaria.
Ante este breve video de tan solo unos segundos, miles de internautas comentaron al respecto de los acontecimientos, al considerar que las personas pocas veces tienen empatía por sucesos de esa índole. Incluso mencionaron situaciones similares que vivieron mientras estudiaban y le enviaron condolencias a Marisol.ydv.
“Me pasó igual en 2021 aun era el funeral de mi tía y tuve que exponer porque la Dra dijo que mis compañeros debían decir mi tema y yo era la primera.
Fuerza guapa! Todo en esta vida se devuelve. Un abrazo enorme que acompañe tu luto.
Te entiendo más de lo que crees. Me pasó cuando tenía 12 años”, describieron los usuarios.
Sin embargo, mucho se cuestiona sobre los permisos por luto, así como su uso en México, debido a que el duelo es una situación que, en algún momento de nuestras vidas vamos a atravesar.
¿Qué dice la Ley Federal del Trabajo sobre fallecimiento de familiares?
De acuerdo con el Dictamen de Las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, y Estudios Legislativos es obligación de los patrones y trabajadores. Sin embargo, actualmente en la Ley Federal del Trabajo, no se cuenta con permisos de duelo garantizados, situación que dependerá de la empresa donde se trabaje, si existe o no permisos de ausencia por luto.
“Otorgar permiso por luto, de cuando menos tres días hábiles con goce de sueldo, a las y los trabajadores por muerte de padres, hijos, hermanos, cónyuge, concubina o concubinario. Estos días serán aquellos inmediatos al deceso. El trabajador deberá justificar el evento y dispondrá de quince días hábiles para presentar al patrón, o a quien este designe, el Acta de Defunción correspondiente y en su caso, documento que acredite el parentesco”, describe la fracción XXIX al artículo 132 del Dictamen de Las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, y Estudios Legislativos.
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