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SCJN no obligó al INE a realizar revocación de mandato; estos son los puntos que debes saber
15 de diciembre, 2021 | 08:11 p.m.La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) no resolvió que el Instituto Nacional Electoral (INE) está obligado a realizar la revocación de mandato ; pues con la controversia el organismo solicitó que se suspendiera el efecto presupuestal que tendrá realizar la consulta popular, de acuerdo con el consejero Uuc-kib Espadas. El consejero del INE explicó que la Corte señaló que no puede suspender la realización de la consulta popular, ya que aún se desconoce si se recolectarán los 2.8 millones de firmas necesarias. “Es improcedente la suspensión respecto a que el Instituto Nacional Electoral no tenga que hacer ajustes a su presupuesto, como se prevé en el artículo cuarto transitorio del decreto por el que se expidió la Ley Federal de Revocación de Mandato”, de acuerdo con la SCJN. Por lo que el INE estaría obligado a adecuar su presupuesto, sólo si se juntan las firmas del 3 por ciento de los electores que aparecen en la Lista Nominal. En ese caso, el consejero advirtió que tendrán que realizar otro tipo de acciones jurídicas.
INE puede solicitar otros recursos jurídicos
A través de los nuevos recursos solicitarían el dinero necesario para efectuar la revocación ; puede que se los den o no. Uuc-kib Espadas sostuvo que los 11 consejeros están preocupados, igual que los 17 mil trabajadores del INE, porque no tienen el dinero suficiente. La Suprema Corte también estableció que no es procedente absolver al INE y a su personal de sanciones administrativas, penales o de diversa índole en caso de que incumpla con su responsabilidad legal. Esta mañana, el presidente Andrés Manuel López Obrador celebró que el máximo tribunal ordenara al órgano electoral ajustar su presupuesto para que se lleve a cabo la revocación. Aunado a ello, pidió a la población que se prepare para el ejercicio "histórico".