Caso Inés Gómez Mont: Juez invalida orden de aprehensión en su contra; tiene otra pendiente
La conductora está desaparecida de la vida pública desde octubre del año pasado.Hace más de un año, Inés Gómez Mont desapareció de la vida pública, luego de que las autoridades emitieron una orden de captura en su contra y la de su esposo Víctor Manuel Álvarez Puga, por estar supuestamente implicados en un caso de delincuencia organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita.
Desde 2021, parecía que las cosas no caminaban a favor de la conductora, hasta ahora que se dio a conocer que una juez invalidó una orden de aprehesión librada en su contra, por la presunta defraudación fiscal de más de 12 millones de pesos, al considerar que carece de motivación y fundamentación jurídica; siendo la primera de dos que había en su contra, una emitida en octubre de 2021 y la otra en julio de 2022.
Rosa Montaño Martínez, Juez Décimo Quinto de Distrito en Amparo de la Ciudad de México, fue quien concedió la protección de la justicia a la presentadora de televisión y ordenó al juez de la causa, volver a estudiar el caso de Inés Gómez Mont y decidir, si debe o no ser girada la orden de captura.
"El juez que ordenó la aprehensión due omiso en exponer argumento alguno del que se evidenciara el motivo por el cual estimó que con tales datos de prueba se infería, como lo dijo, la existencia del hecho considerado por la ley como delito de defraudación fiscal y que existía la probabilidad de que la quejosa lo cometió o participó en él", se puede leer en el fallo.
La juez estimó que la argumentación de la órden de captura, emitida el 14 de octubre de 2021, por Alberto Torres Villanueva, juez de control del Centro de Justicia Penal Federal del Reclusorio Oriente, viola el principio de legalidad.
"No basta con relacionar datos de prueba y después aseverar la inferencia que indicó sin dar explicación alguna de cómo llegó a esa conclusión, ya que el acto reclamado no contiene algún argumento del por qué se evidencia el hecho que la ley señala como delito y la probabilidad de que el imputado participó en su comisión, ni con qué datos de prueba se justifica ello", indica.
Montaño Martínez considera importante que el juez Torres Villanueva indique de qué manera los datos de prueba le permitieron deducir que existe el delito de defraudación fiscal y no concluirlo de manera dogmática.
Sin embargo, la resolución no se cumplirá de inmediato pues la Fiscalía General de la República puede impugnarla mediante un recurso de revisión que deberá resolver un tribunal colegiado, el cual tardará algunos meses en dictar su veredicto.
¿El fallo cambiará en algo la situación legal de Inés Gómez Mont?
Pese a que la decisión de la juez favorece a Inés Gómez Mont, el amparo no cambia su condición pues aún cuenta con una orden de aprehensión vigente por delincuencia organizada y lavado de dinero, siendo la delincuencia organizada un delito que cuenta con prisión preventiva de oficio.
El asunto surgió de una querella presentada el 5 de agosto de 2020 por la Procuraduría Fiscal de la Federación ante la FGR por un presunto fraude al fisco de 12 millones 921 mil 762 pesos por concepto de impuesto sobre la renta en el ejercicio 2014.