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¿Qué significan las nuevas 5 señales de tránsito en la CDMX?

El 14 de marzo fueron publicadas estas actualizaciones en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

Adrés Lajous, Secretario de la SEMOV, publicó la actualización en sus redes sociales. (Fuente: Twitter @andreslajous)
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Ahora que transites por las calles de la Ciudad de México seguro te encontrarás con cinco nuevas señales de tránsito que no conocías y, tal vez, te saques de onda por no saber qué significan.

Y es que la Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México actualizó el Manual de Dispositivos para el Control del Tránsito este 14 de marzo en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, en respuesta a la inclusión de nuevas actividades como el uso de monopatines y la creación de ciclovías adicionales.

Señales Verticales: Señales Restrictivas

SR-57 Use el carril completo

  • Ocupación: “Indica a los conductores de motocicletas que deben circular al centro del carril en el que efectúan su desplazamiento”.
  • Localización: ”Se coloca en vías urbanas e interurbanas y su uso debe ser previa autorización de la autoridad competente sujeto a un análisis de incidencia de hechos de tránsito”.
  • Información de complemento: “Se debe añadir la señal SR-H Confirmación con la leyenda «USE EL CARRIL COMPLETO»”.

SR-58 Uso de casco de seguridad de motociclista

  • Ocupación: “Indica a los conductores y ocupantes de vehículos catalogados como motocicleta, la obligación del uso de casco de seguridad”.
  • Localización: “Se coloca en vías urbanas e interurbanas. Para el caso de vías con más de tres carriles de circulación de un solo sentido, es necesario instalarla en ambos costados”.
  • Información de complemento: “Se debe añadir señal SR-H Confirmación con la leyenda «USO DE CASCO OBLIGATORIO»”.

SR-38 Descender de vehículos no motorizados o recreativos

  • Ocupación: “Indica a los usuarios que utilicen vehículos no motorizados o vehículos recreativos tales como: bicicletas, patinetas, monopatines o patines, la obligación de descender o de descalzarse de ellos para continuar su circulación a pie”.
  • Localización: “Se coloca en vías urbanas e interurbanas, bajo los siguientes criterios:
  • 1. Al inicio de vías peatonales o de tránsito mixto con tránsito mayor a 100 peatones por hora.
  • 2. En los accesos de pasos a desnivel de vías ciclistas que presenten pendientes mayores al 10 %”.
  • Información de complemento: “Se puede añadir la señal SR-H Confirmación con la leyenda «DESCENDER» para reafirmar el concepto”.

Señales Verticales: Señales Restrictivas (SP)

SP-58 Ver ambos lados

  • Ocupación: “Indica a los peatones la proximidad de una intersección en la que se cuenta con una circulación vehicular en ambos sentidos, por ejemplo un carril de transporte público en contraflujo; siendo un punto en el que es necesario que los usuarios peatones tengan precaución de “ver ambos lados” previo a realizar el cruce de la vía en comento”.
  • Localización: “Se coloca en vías urbanas”.
  • Información de complemento: “Se debe añadir la señal SP-C Condición específica con la leyenda «Ver ambos lados». Se complementa con la señal horizontal M-11.9 Marca Ver ambos lados que se debe colocar sobre el arroyo vial”.

SP-59 Motociclistas

  • Ocupación: “Indica a los conductores de vehículos la proximidad de un tramo con alta afluencia de motociclistas en la vía”.
  • Localización: “Se coloca en vías urbanas e interurbanas y su uso debe ser previa autorización de la autoridad competente sujeto a un análisis de incidencia de hechos de tránsito”.
  • Información de complemento: “No requiere tablero adicional”.

Para mantener la seguridad vial y el orden en las calles de la CDMX, es crucial que tanto conductores como peatones respeten estas nuevas señales de tránsito. -Con información del MANUAL DE DISPOSITIVOS PARA EL CONTROL DEL TRÁNSITO DE LA CIUDAD DE MÉXICO 2024.