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"Decretazo" de AMLO: Lo que sí y lo que no canceló la Corte

15 de diciembre, 2021 | 11:01 a.m.
Twitter: @TrenMayaMX
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Foto de Blanca Cortés
Escrito en Hard News el

A casi un mes de que se publicó en el Diario Oficial de la Federación ( DOF ), continúa la controversia en torno al acuerdo que declara de interés público y seguridad nacional la realización de proyectos y obras a cargo del gobierno mexicano. Ayer, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó suspender algunos alcances de dicho acuerdo emitido por el presidente Andrés Manuel López Obrador , sin embargo, este "freno" es parcial, pues no lo cancela por completo. ¿Qué significa esta resolución? Aquí te explicamos:

  • Lo que no se podrá: las dependencias no podrán alegar "seguridad nacional" para prohibir el acceso a la información relacionada con obras como el aeropuerto de Santa Lucía y el Tren Maya.
  • Lo que sí se podrá: las entidades de la administración pública federal tendrán máximo cinco días hábiles para emitir autorizaciones provisionales para los proyectos. Si este plazo transcurre sin que se emita la autorización, se considerará resuelta a favor de la realización de las obras.

El pasado 9 de diciembre, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales ( INAI ) interpuso una controversia constituciona l ante la Suprema Corte debido a que el acuerdo “impide el acceso ciudadano a contratos, licitaciones y demás formación sobre las megaobras ”.

En el " decretazo " se estipuló que estarán “blindados” los proyectos asociados a la infraestructura de los sectores de comunicaciones, telecomunicaciones, aduanero, fronterizo, hidráulico, clorhídrico, medio ambiente, turístico, salud, férreas, ferrocarriles en todas sus modalidades, energético, puertos, aeropuertos y, aquellos que –por su objeto, características, naturaleza, complejidad y magnitud- se consideren prioritarios y estratégicos para el desarrollo nacional.

Controversia por "decretazo"

Cuando se publicó la decisión, diversos especialistas señalaron que el presidente Andrés Manuel López Obrador había realizado un “ decretazo ”, sin embargo, la Secretaría de Gobernación se dedicó a desmentir los dichos, ya que explicó la diferencia entre “acuerdo y decreto”. El secretario Adán Augusto López apuntó que la principal diferencia entre ambos términos radica en que uno es específico y otro general. “La principal diferencia es que el acuerdo es específico y una regla para normar funciones administrativas de las instancias subalternas; en tanto, el decreto es de carácter administrativo pero en general”, explicó el funcionario. Pero, independiente a que sea acuerdo o decreto, la decisión del presidente AMLO -de “blindar” sus grandes obras, como el Tren Maya y el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles- provocó diversas reacciones por parte de organismos y especialistas.

“Decretazo” quedará vigente: AMLO

Ante el fallo de la Corte, López Obrador afirmó que fue una buena decisión, pues “queda el acuerdo vigente para no detenernos en trámites por las mismas dependencias”. Además, resaltó que el acuerdo no estaba relacionado con la transparencia ni con ocultar información. “Tenemos que estar contentos porque no hubo golpe de Estado”, aseguró este miércoles 15 de diciembre durante su conferencia de prensa mañanera, haciendo referencia a los dichos de la académica Denise Dresser, quien en días pasados aseveró que el acuerdo presidencial implicaba la rendición del poder civil ante el poder militar.

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