Calendario SAT: ¿Cuándo se presenta la declaración anual 2020?
¡Que no se te pasen las fechas! Aquí te decimos cuándo debes presentar la declaración anual ante el SAT22 de marzo, 2021 | 04:02 p.m.Pese a la pandemia, el año se pasó volando y llegó el momento de presentar la declaración anual 2020. Recuerda que, aunque se presenta en este 2021, corresponde al ejercicio del año pasado; es decir, del 2020.
En el caso de las personas morales, la declaración se debe presentar este mes de marzo. Así lo dicta el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Así que si tienes una empresa, aún tienes una semana, pues el límite será el 31 de marzo.
Sin embargo, para las personas físicas es distinto. Pues el SAT, que ya lanzó el micrositio para llevar a cabo el trámite, otorga unos días más para que cada individuo con actividad económica cumpla con sus obligaciones fiscales.
En ese sentido, el micrositio comenzará a recibir la declaración anual 2020 en cuanto comience abril. Ya que las personas físicas tendrán hasta el próximo 30 de abril de 2021 para presentarla. Así que tienes un mes, en cuanto comience abril, para presentar tu declaración. ¡Que no se te pase!
¿Eres persona física? Visita el minisitio y conoce los requisitos para realizar tu Declaración Anual 2020. ¡Prepárate para presentarla a partir del 1 de abril! #Declara2020
— SATMX (@SATMX) March 22, 2021
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¿Quién debe presentar la declaración anual ante el SAT?
Por otro lado, el SAT detalló quiénes son las personas físicas que deben presentar su declaración anual en abril de 2021:
- Quienes reciben salarios de un solo patrón o patrona y dejaron de recibirlo antes del 31 de diciembre. O si trabajan para dos o más patronas o patrones al mismo tiempo.
- De la misma forma, declaran ante el SAT quienes obtuvieron ingresos por indemnización o jubilación.
- Si el ingreso anual que percibiste excede, por salarios, los 400 mil pesos.
- Las personas que perciben ingresos por su cuenta y emiten comprobantes de honorarios.
- Actividades empresariales. Incluidas quienes tributan en el Régimen de Incorporación Fiscal. Y optaron por hacer pagos provisionales bimestrales aplicando coeficiente de utilidad.
- Quienes cobran rentas por algún bien inmueble (departamento, casa o local comercial), reciben intereses o dividendos.
- Así como quien vendió o adquirió algún bien o lo enajenaron.
- Asimismo, si ganaste la lotería, debes declarar ante el SAT.
Aquí puedes consultar el micrositio del SAT donde, si eres persona física, podrás realizar tu declaración anual durante todo abril.
Con información de El Financiero y Konfío.
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